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Reflexiones en torno a una nueva Recomendación de la OIT sobre Aprendizaje

"Esta nueva Recomendación de la OIT viene a llenar un vacío, en cierto sentido, en lo que refiere a normas internacionales del trabajo de la OIT sobre Aprendizaje", señala Gonzalo Graña, de CINTERFOR, en este artículo.

Opinión | 31 de mayo de 2023
Por Gonzalo Graña
Oficial de programa del Centro Interamericano para el Desarrollo del Conocimiento en la Formación Profesional, CINTERFOR, de OIT. Responsable del tema aprendizaje y formación dual


En la 111ª Conferencia Internacional del Trabajo, a realizarse en junio de este año, la OIT se encamina a adoptar una nueva norma internacional del trabajo (NIT) sobre Aprendizaje, norma que de ser adoptada tendrá la forma de una Recomendación.

El objeto de esta nueva Recomendación, “Aprendizaje”, como se la llama en el contexto de la OIT, es “toda forma de educación y de formación que se rige por un contrato de aprendizaje, que permite a un aprendiz adquirir las competencias requeridas para ejercer una ocupación mediante una formación estructurada con una remuneración u otra compensación financiera, en el trabajo y fuera del trabajo, y que conduce a la obtención de una cualificación reconocida”*. Es decir, que el término “Aprendizaje” en este contexto coincide en buena medida con la modalidad formativa también conocida como “formación dual” en varios países de nuestra región.

Esta nueva Recomendación de la OIT viene a llenar un vacío, en cierto sentido, en lo que refiere a NIT de la OIT sobre Aprendizaje. En efecto, la última Recomendación de la OIT específica sobre formación profesional y desarrollo de recursos humanos (Recomendación Nº 195 del año 2004) no decía ni una palabra sobre esta modalidad particular de formación.

Esta nueva Recomendación de la OIT viene a llenar un vacío en lo que se refiere a NIT de la OIT sobre Aprendizaje"

Gonzalo Graña, CINTERFOR
La eventual adopción de una nueva NIT sobre este tema además sería una excelente noticia para la región.

Lo sería por varias razones. En primer término, porque vendría a ofrecer a los países una clara serie de orientaciones y recomendaciones sobre cómo estructurar los programas y sistemas de aprendizaje; una hoja de ruta, de alguna forma, que ayudaría a reformar coherente y articuladamente las experiencias ya existentes, o a crear los sistemas y programas desde cero cuando no haya avances previos en este campo.

Serviría también para poner el acento, cuando de aprendizaje estamos hablando, en temas tales como el diálogo social, los roles y responsabilidades de los actores involucrados, el financiamiento, el marco regulatorio, la pertinencia respecto a las necesidades formativas del mercado de trabajo y la inclusión social y equitativa en la formación profesional, de acuerdo a lo que son los pilares o elementos principales del aprendizaje en el marco conceptual de la OIT.

Promover, fortalecer y expandir esta modalidad formativa estamos convencidos que sería una gran contribución a la caja de herramientas de la política pública de formación profesional en nuestra región.

Los países de América Latina y el Caribe donde funcionan programas de aprendizaje consolidados, maduros, sólidos, con participación y apoyo de los actores sociales, han demostrado ser efectivos en lograr una buena transición al mundo del trabajo por parte de los jóvenes aprendices participantes. El problema que tenemos es que dada su (de regla) pequeña escala, no logran mover la aguja del desempleo juvenil general. En otras palabras: es muy bueno para aquellos pocos que pueden participar.

Para escalar y masificar los programas de formación dual existentes al día de hoy, y hacerlo con calidad, son varios los requisitos que deberían cumplirse, pero hay uno en particular que constituye el principal cuello de botella en la mayoría de los países: se necesita contar con una mucho mayor cantidad de empresas dispuestas a abrir sus puertas y a recibir aprendices en su seno.

Para que ello ocurra se necesita, por lo menos, que el marco regulatorio existente no ofrezca dudas o incertezas a las empresas que eventualmente podrían participar, y que existan los incentivos y apoyos necesarios (en particular a las pequeñas y medianas empresas) para que aquellas tomen la decisión de incorporarse a los programas existentes.

La comunicación e información sobre las bondades de esta modalidad formativa, cuando funciona bien, respecto a la gestión de recursos humanos de las empresas es un elemento cuyo valor difícilmente se sobreestime cuando de impulsar el aprendizaje se trata.

Finalmente, como podrá notarse de una lectura atenta del proyecto de Recomendación, es una modalidad de formación que depende de, y a la vez promueve, el diálogo social efectivo tanto a nivel de gobernanza del sistema, como a nivel sectorial e incluso de empresa. Esto es particularmente bienvenido en nuestra región, en un contexto donde a momentos parecen reducirse en varios países los espacios abiertos para un diálogo social tripartito institucionalizado efectivo y eficaz en otros campos del mundo del trabajo.

Por todo lo anterior, invitamos a los lectores a seguir el desenlace de la discusión normativa sobre Aprendizaje en esta CIT y esperamos poder compartir la noticia de la existencia de una nueva Recomendación en la materia al finalizar la Conferencia.

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*Definición tomada del Proyecto de Recomendación elaborada por la OIT para su discusión durante la 111ª CIT.
* Toda la información relevante sobre la Comisión Normativa sobre Aprendizaje puede encontrarse aquí.