Trabajo forzoso

Perú ratifica el Protocolo de la OIT relativo al Convenio sobre Trabajo Forzoso

Perú es el 53° Estado miembro de la OIT en ratificar este Protocolo.

Noticia | 21 de junio de 2021
El 18 de junio de 2021, el Gobierno de Perú depositó ante la Oficina Internacional del Trabajo el instrumento de ratificación del Protocolo de 2014 relativo al Convenio sobre Trabajo Forzoso, 1930 (núm. 29), convirtiéndose en el 53° Estado miembro de la OIT, 5° Estado de América latina y primero entre los países de la Comunidad Andina en ratificar este Protocolo. Perú ha ratificado 76 Convenios de la OIT, incluyendo todo los Convenios fundamentales y tres de los cuatro de gobernanza.

El Protocolo requiere que los Estados adopten medidas eficaces para prevenir, sancionar y eliminar el trabajo forzoso en todas sus formas, incluyendo acciones para proteger a las víctimas de esta práctica y asegurar su acceso a la justicia y rehabilitación, con especial atención a las víctimas de la trata de personas.

De acuerdo a estimaciones de la OIT, hasta el año 2017, existían a nivel mundial, aproximadamente, 25 millones de personas víctimas de trabajo forzoso. En las Américas, la prevalencia del trabajo forzoso fue de 1.3 por cada 1000 personas. Como lo subraya la OIT, hoy en día, como consecuencia de la Pandemia de la Covid-19, los trabajadores vulnerables tienen más probabilidades de ser engañados y atrapados en trabajos forzosos. Más aún, la probabilidad de que más personas contraigan deudas para sobrevivir, podría aumentar su riesgo de caer en situaciones de servidumbre por deudas. Por ello, el compromiso de los Estados por renovar y fortalecer sus acciones para luchar contra el trabajo forzoso es fundamental.

Al depositar el instrumento de ratificación, la representante del Gobierno del Perú, Embajadora Silvia Alfaro Espinosa declaró: “La ratificación del Protocolo 2014 expresa la firme voluntad del Estado peruano para erradicar el trabajo forzoso y las formas contemporáneas de esclavitud en concordancia con las normas internacionales, al tiempo que reitera el compromiso asumido como país pionero de la Alianza 8.7, a fin de acelerar las políticas para erradicar el trabajo forzoso en cumplimiento de la meta 8.7 de los Objetivos de Desarrollo Sostenible. Este es un gran paso para consolidar las bases de un marco normativo sólido que requiere de un posterior desarrollo y de recursos para su adecuada y oportuna implementación”.

Por su parte, tras recibir el instrumento de ratificación, el Director General de la Organización Internacional del Trabajo, el señor Guy Ryder, saludó la voluntad política mostrada por el Gobierno del Perú y por los interlocutores sociales en la lucha contra todas las formas de trabajo forzoso y la protección de los derechos y principios fundamentales en el trabajo, lo cual es crucial para reconstruir nuestras sociedades durante y después de la pandemia.

Esta ratificación constituye además una contribución importante del Perú para poder alcanzar el objetivo 8 de la Agenda 2030 de promover un crecimiento económico inclusivo y sostenible, el empleo y el trabajo decente para todos.

Perú cuenta con un Plan Nacional de Lucha contra el Trabajo Forzoso, en el marco del cual ha venido implementando acciones para fortalecer las capacidades de las instituciones que trabajan en la erradicación de esta práctica, y asegurar a las víctimas el acceso a la justicia.