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Ley núm. 8-90 sobre el fomento de zonas francas

Main Region

First Region

Dominican Republic
Economic and social policy
1990-01-15
National
Law, Act

Second Region

El capítulo décimo, del régimen laboral, estipula que las operadoras y las empresas instaladas en las zonas francas de exportación deberán cumplir con todas las leyes, reglamentaciones y disposiciones vigentes del Codigo de Trabajo y demás leyes laborales. Deberán también satisfacer las obligaciones que impone la Ley de Seguros sociales y otras leyes nacionales. Determina la modalidad de aplicación del salario mínimo para la calificación de aprendiz. Contiene disposiciones sobre los aprendices despedidos y contratados nuevamente (acumulación de tiempo de aprendizaje). Establece sanciones para las operadoras o empresas que actuaren en infracción a ésta ley, entre ellas la cancelación de permisos para instalación y/o exportación.

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