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Resolución del Comité Nacional de Salarios núm. 40/2019, de 17 de diciembre, sobre salario mínimo de los trabajadores que prestan servicios en hoteles, casinos, restaurantes, bares, cafés, cafeterías, clubes nocturnos, pizzerías, pica pollos, negocios de comida rápida, chimichurris, heladerías y otros establecimientos gastronómicos no especificados

Main Region

First Region

Dominican Republic
Wages
2019-12-17
National
Miscellaneous (circular, directive, legal notice, instruction, etc.)

Second Region

La resolución en cuestión revisa la Resolución núm. 13/2017 de fecha 9 de agosto del año 2017, dictada por el Comité Nacional de Salarios, y fija un nuevo salario mínimo a nivel nacional para los trabajadores que prestan servicios en hoteles, casinos, restaurantes, bares, cafés, cafeterías, clubes nocturnos, pizzerías, pica pollos, negocios de comida rápida, chimichurris, heladerías y otros establecimientos gastronómicos no especificados. Acoge el compromiso de ambos sectores para que dichas tarifas tengan vigencia a partir del día 1 º de agosto del año 2019. Dispone el pago del salario mínimo del aprendiz conforme a lo dispuesto por el Código de Trabajo, pero calculado en base a horas de formación práctica efectuadas en la empresa en donde presta sus servicios.

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